Ayudas a la creación de guiones 2011.
Convocatoria y establecimiento de las condiciones para la concesión en 2011 de ayudas a propuestas que se desarrollan en 2011 y 2012, destinadas a la creación de guiones para cine y televisión de ficción, animación y/o documental, en todos los formatos y escritos en cualquiera de los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La cantidad máxima total para las ayudas previstas en la presente convocatoria se fija en ciento cincuenta mil seiscientos (150.600,00) euros. Dicha cuantía se distribuirá entre dos modalidades
La primera modalidad con 9 ayudas de trece mil trescientos euros (13.300,00) cada una para guiones escritos por guionistas de más de 30 años (requisito que se ha de acreditar al último día de plazo de presentación de solicitudes) o guionistas jóvenes (menores de 30 años al último día de plazo de presentación de solicitudes) que consten como guionistas en alguna película de largometraje calificada para su exhibición comercial en salas cinematográficas. Al menos 4 ayudas serán para guiones escritos en euskera y al menos 4 ayudas serán para textos escritos en castellano.
Y una segunda modalidad con tres ayudas de diez mil trescientos (10.300,00) euros cada una para guiones escritos por guionistas jóvenes (menores de 30 años al último día de plazo de presentación de solicitudes) que no consten como guionistas en alguna película de largometraje calificada para su exhibición comercial en salas cinematográficas. Al menos uno de estos tres guiones estará escrito en euskera y al menos uno de los mismos estará escrito en castellano
- ORDEN de 5 de mayo de 2011. (BOPV N 100/2011)
De conformidad al Decreto 4/2009, de 8 de mayo, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, competen al Departamento de Cultura las funciones relativas a actividades artísticas y culturales así como su difusión. Las referidas funciones se atribuyen en el seno del Departamento de Cultura, y a través del Decreto 25/2006, de 14 de febrero, por el que se establece su estructura orgánica, a la Dirección de Promoción de la Cultura.
En tal sentido, dentro del ámbito de facultades que al Departamento de Cultura le vienen señaladas como áreas de actuación, y teniendo en cuenta la importancia que está adquiriendo el sector audiovisual en la sociedad actual y de cómo el desarrollo de su actividad favorece el enriquecimiento cultural y económico de la comunidad en la que se inserta, se ha considerado de interés seguir con las medidas de apoyo dirigidas a impulsar el proceso de creación de guiones mediante la concesión de ayudas económicas que incentiven esta actividad.
El objetivo último es el de potenciar y ayudar a la consolidación de una infraestructura audiovisual tan importante y necesaria, desde una perspectiva cultural, en nuestro País.
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000 - En el Departamento de Cultura: Manu Galarraga (945 016941)
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Convocatoria y establecimiento de las condiciones para la concesión en 2011 de ayudas a propuestas que se desarrollan en 2011 y 2012, destinadas a la creación de guiones para cine y televisión de ficción, animación y/o documental, en todos los formatos y escritos en cualquiera de los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Personas físicas que acrediten estar empadronadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la presente Orden.
Será causa de exclusión la presentación de un guión totalmente desarrollado, admitiéndose solamente la presentación de un tratamiento de guión.
No podrán acceder a las subvenciones previstas en esta convocatoria quienes se encuentren sancionados administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o se hallen incursos en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
En todo caso, de acuerdo con el artículo 50.4 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, la concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones y ayudas a los sujetos beneficiarios de éstas quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
La cantidad máxima total para las ayudas previstas en la presente convocatoria se fija en ciento cincuenta mil seiscientos (150.600,00) euros. Dicha cuantía se distribuirá entre dos modalidades.
La primera modalidad con 9 ayudas de trece mil trescientos euros (13.300,00) cada una para guiones escritos por guionistas de más de 30 años (requisito que se ha de acreditar al último día de plazo de presentación de solicitudes) o guionistas jóvenes (menores de 30 años al último día de plazo de presentación de solicitudes) que consten como guionistas en alguna película de largometraje calificada para su exhibición comercial en salas cinematográficas. Al menos 4 ayudas serán para guiones escritos en euskera y al menos 4 ayudas serán para textos escritos en castellano.
Y una segunda modalidad con tres ayudas de diez mil trescientos (10.300,00) euros cada una para guiones escritos por guionistas jóvenes (menores de 30 años al último día de plazo de presentación de solicitudes) que no consten como guionistas en alguna película de largometraje calificada para su exhibición comercial en salas cinematográficas. Al menos uno de estos tres guiones estará escrito en euskera y al menos uno de los mismos estará escrito en castellano.
El Departamento de Cultura tramitará el pago del 64% de la ayuda en el momento de la concesión de la ayuda y del 36% restante a la entrega del guión que, en todo caso, se abonará a partir del 1 de enero de 2012.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
27 de junio de 2011.
28 de noviembre de 2011.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Consejería de Cultura.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Consejería de Cultura.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.