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Ayudas a la traducción del libro vasco. 2005

 

Departamento / Organismo Autónomo

Cultura


Órgano gestor

Dirección de Creación y Difusión Cultural


Objeto

El objeto de estas ayudas es que las obras escritas en euskera y castellano por autores vascos puedan ser leídas por otros pueblos con lengua propia, para de esta manera, dar a conocer nuestra producción bibliográfica fuera de la Comunidad Autónoma de Euskadi.


Destinatarios/as

Personas físicas o jurídico-privadas, empresas editoriales y asociaciones profesionales dentro del ámbito de la literatura.


Dotación económica

A la financiación de las subvenciones que se contemplan en la presente Orden se destinan 116.205,00 euros, que se distribuyen según las siguientes áreas o modalidades de actividades subvencionables:

a) La traducción a otras lenguas de obras literarias originales en euskera y de obras literarias en castellano de autores nacidos o domiciliados en la Comunidad Autónoma Vasca, con una dotación de 79.205,00 euros.

b) La traducción de muestras de obras literarias dirigidas a la venta de derechos de traducción en mercados internacionales, cuya dotación es de 12.000,00 euros.

c) La organización de actividades de formación en el ámbito de la traducción literaria, para la que se han previsto 15.000,00 euros.

d) La promoción internacional de obras literarias ya traducidas mediante bolsas de viaje para lo cual se han previsto 10.000,00 euros.


Normativa reguladora

BOPV del día 5 de setiembre de 2005


Personas de contacto

Manu Galarraga
Telf.: 945 016 941


Documentación a aportar

La indicada en los anexos.


Plazo de presentacion

6-9-2005 al 5-10-2005


Lugar presentación solicitudes

Gobierno Vasco
Departamento de Cultura
c/Donostia-San Sebastián 1
Lakua I, 2ª planta
01.010 Vitoria-Gasteiz

Delegación Territorial de Cultura de Bizkaia
Gran Vía 85
48.011 Bilbo

Delegación Territorial de Cultura de Gipuzkoa
Andia 13
20.004 Donostia-San Sebastián


Descripción de los trámites

Inicio, instrucción y resolución


Órgano que resuelve

Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes


Plazo de resolución

Seis meses a contar desde el día de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Resolución de adjudicación



Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso Potestativo de Reposición


Formularios Anexos
Otros documentos

No hay


Observaciones

No hay


Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

06/09/2005