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Depósito Legal
Cómo y dónde se imprime el Depósito Legal en las publicaciones
En las obras deben aparecer:
- la abreviatura de Depósito Legal "D.L." en castellano y la abreviatura de Lege Gordailua "L.G." en euskera.
- las siglas correspondientes al Territorio. Las siglas correspondientes a Alava son "VI", a Bizkaia son: "BI" y a Gipuzkoa "SS".
- el número asignado a la obra.
- y por último, el año en que se ha concedido
Ejemplo: D.L. VI 236-2005 en castellano L.G. VI 236-2005 en euskera
El lugar donde debe aparecer es:
- en los libros y folletos junto con el ISBN, en el reverso de la portada o página de derechos
- en la prensa diaria y en las publicaciones seriadas con formato de periódico, en la cabecera de cada ejemplar
- en los audiovisuales deben llevarlo en la carátula o caja que los protege. En aquéllos que se pueden visionar, deben llevarlo además en los primeros fotogramas
- en general, y para todo tipo de publicaciones debe ir en lugar bien visible
Se consideran infracciones:
- publicar una obra sin haber solicitado el Depósito Legal.
- publicarla con el Depósito Legal falso o incompleto
- no hacer entrega de los ejemplares preceptivos
- no cumplir con los plazos de tramitación, tanto en la entrega de ejemplares como en las prórrogas y anulaciones
Además conviene saber
Que el ISBN (Número Internacional Normalizado de Libros) y el ISSN (Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas), son códigos numéricos internacionales normalizados que identifican respectivamente una edición determinada de una obra y un título en una publicación seriada.
Última legislación publicada al respecto
Real Decreto 2063/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la ley 10/2007, de 22 de junio, de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas en lo relativo al ISBN (pdf, 201,39 kB).
Ir a: Agencia Española del ISBN
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