En las obras deben aparecer:
-
La abreviatura de Depósito Legal "D.L." en castellano y la abreviatura de Lege Gordailua "L.G." en euskera.
-
Las siglas correspondientes al Territorio. Las siglas correspondientes a Alava son "VI", a Bizkaia son: "BI" y a Gipuzkoa "SS".
-
El número asignado a la obra.
-
Y por último el año en que se ha concedido.
Ejemplo:
D.L. VI-236-2005 en castellano
L.G. VI-236-2005 en euskera
El lugar donde debe aparecer es:
-
En los libros y folletos junto con el ISBN, en el reverso de la portada o página de derechos.
-
En la prensa diaria y en las publicaciones seriadas con formato de periódico, en la cabecera de cada ejemplar.
-
Los audiovisuales deben llevarlo en la carátula o caja que los protege. En aquéllos que se pueden visionar, deben llevarlo además en los primeros fotogramas.
-
En general, y para todo tipo de publicaciones debe ir en lugar bien visible.
Se consideran infracciones:
-
Publicar una obra sin haber solicitado el Depósito Legal.
-
Publicarla con el Depósito Legal falso o incompleto.
-
No hacer entrega de los ejemplares preceptivos.
-
No cumplir con los plazos de tramitación, tanto en la entrega de ejemplares como en las prórrogas y anulaciones.
Además conviene saber....
Que el ISBN (Número Internacional Normalizado de Libros) y el ISSN (Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas), son códigos numéricos internacionales normalizados que identifican respectivamente una edición determinada de una obra y un título en una publicación seriada.
ISBN Agentzia http://agora.mcu.es/libro/agenciaisbn_f.asp?IdNivel=9
volver al indice
|