1.- Corresponde a la Dirección de Investigación y Coordinación Lingüística el ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 8 del Decreto 45/2011 que procedan, tanto en lo que se refiere a acciones y relaciones con los agentes implicados en la normalización del euskera, como a investigaciones sobre la situación del euskera y su evolución.
2.- En tal sentido, la Dirección de Investigación y Coordinación Lingüística ejercerá las siguientes funciones:
a) Organizar el trabajo del Consejo Asesor del Euskera, coordinar las tareas de las comisiones creadas en su seno y realizar el seguimiento de las mismas.
b) Promover y colaborar en el diseño, puesta en marcha y desarrollo de los planes de euskera de las entidades privadas.
c) Analizar y promover la implantación de un sistema para conocer y evaluar el uso del euskera en la actividad de las entidades públicas y privadas, de acuerdo con los criterios y parámetros recogidos en los vigentes sistemas de certificación de calidad.
d) Coordinar y gestionar, junto con otras asociaciones y organismos responsables de la política lingüística, proyectos europeos de investigación y cooperación.
e) Analizar y proponer, dentro del marco de las directrices emanadas por el Consejo Asesor del Euskera, medidas normativas para desarrollar la legislación relativa a la promoción del uso del euskera.
f) Realizar el seguimiento y análisis del cumplimiento y la efectividad de las medidas normativas y administrativas adoptadas para promocionar el uso del euskera.
g) Elaborar y difundir los estudios y trabajos de investigación que se consideren oportunos dentro de las competencias de la Viceconsejería de Política Lingüística.
h) Elaborar y revisar periódicamente el mapa y la encuesta sociolingüística de los territorios del euskera.
i) Impulsar y coordinar la política de investigación sobre los diversos aspectos de la normalización lingüística, sin perjuicio de las atribuciones del Departamento de Educación, Universidades e Investigación.
j) Identificar los parámetros de uso del euskera en el siglo XXI (Internet, redes sociales, nuevas herramientas tecnológicas), e impulsar trabajos de estudio e investigación en esta área.
k) Desarrollar proyectos estratégicos de observación y prospección a nivel internacional, haciendo el seguimiento de las prácticas innovadoras en política lingüística. Propiciar acuerdos de investigación y cooperación para conocer la realidad social de las lenguas minoritarias tanto en la Unión Europea como fuera de ella.
l) Realizar los estudios y análisis necesarios para la evaluación y actualización periódica del Plan General de Promoción del Uso del Euskera o del proyecto que le dé continuación.